Entendiendo la Nueva Dinámica
Lo lineamientos de las Secretarías de Movilidad en cuanto a las impugnaciones de fotomultas es que los propietarios de los vehículos son responsables de pagar las multas, según la sentencia C-321 de 2022. Anteriormente, los fallos se inclinaban porque la responsabilidad recaía en el conductor, lo que dificultaba la efectividad de las multas captadas por las cámaras. Ahora, se puede apelar los comparendos únicamente por indebida notifación o algún error en el proceso sancionatorio y no por la identidad del conductor que haya cometido la falta. El proceso de impugnación se realiza en las Secretarías de Movilidad, donde se agendará una audiencia para que un funcionario competente determine la validez de la multa.
Responsabilidad de pagar las multas a los propietarios de los vehículos
Una de las modificaciones más destacadas es que ahora la responsabilidad de pagar las fotomultas recae directamente en los propietarios de los vehículos. Esta medida se sustenta en la idea de que los dueños son los responsables absolutos de sus automóviles y deben garantizar su buen manejo y condiciones.
Responsabilidad del conductor y dificultades en la efectividad de las fotomultas
Con anterioridad, la responsabilidad de las fotomultas recaía en el conductor del vehículo, lo que generaba dificultades en la efectividad de estas sanciones. Esto se debía a la dificultad para identificar al conductor infractor y para hacerlo responsable de la multa correspondiente.
Sentencia C-321 de 2022 de la Corte Constitucional como base de los cambios
Los cambios en las impugnaciones de las fotomultas se fundamentan en la sentencia C-321 de 2022 emitida por la Corte Constitucional. Esta sentencia establece que los propietarios de los vehículos son los responsables absolutos de los mismos y deben velar por su correcto uso y estado. Esta decisión ha llevado a replantear la manera en que se aplica y se impugna las fotomultas.